
POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE ACOSO SEXUAL LABORAL
REVISIÓN DE CALIDAD
APROBÓ
VALIDÓ
IBIS LIBERTAD MARTÍNEZ BULLA
GERENTE DE SOSTENIBILIDAD
21/10/2024
ALEIDA MARTÍNEZ PALACIO
GERENTE GENERAL
21/10/2024
ALEIDA MARTÍNEZ PALACIO
GERENTE GENERAL
21/10/2024
HISTORIAL DE CAMBIOS
FECHA
DESCRIPCIÓN
VERSIÓN
21/10/2024
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En Sí2018 estamos comprometidos con un ambiente laboral sano, seguro y libre de situaciones de acoso sexual para todos sus colaboradores, mediante la adopción de acciones de prevención, protección y atención, con miras a modificar comportamientos asociados al acoso y proteger a las víctimas de conductas que se configuren dentro del acoso sexual en el contexto laboral, de conformidad con lo estipulado en la Ley 2365 de 2024.
Esta política tiene aplicación a las personas que interactúan en el contexto laboral, estén o no relacionadas laboralmente con la organización, tales como colaboradores directos, contratistas, practicantes, aprendices, colaboradores de los proveedores o aliados, y otras personas que sin tener relación con la organización nos prestan sus servicios. La presente política abarca los siguientes contextos:
a) En el lugar de trabajo, incluidos espacios públicos y privados cuando son un lugar de trabajo;
b) En los lugares donde se paga al colaborador, donde el colaborador toma su descanso o sus alimentos, así como en baños y vestieres;
c) En los desplazamientos, viajes, eventos o actividades sociales o de formación relacionados con el trabajo;
d) En el marco de las comunicaciones que estén relacionadas con el trabajo, incluidas las realizadas por medio de tecnologías de la información y de la comunicación, caso en el cual se tratará de acoso virtual o ciberacoso;
e) En el alojamiento proporcionado por la persona empleadora;
f) En los trayectos entre el domicilio y el lugar de trabajo, en los servicios de transporte proveídos por la organización.
En Sí2018 nos responsabilizamos con el deber de socializar el procedimiento para la instauración de denuncias que se relacionen con el acoso sexual laboral, generando garantías de confidencialidad y protección de los derechos.
Cuando la parte acosadora no esté vinculada laboralmente con Sí2018, se direcciona el caso al empleador competente, para solicitar la activación de los mecanismos de protección, de manera que se tomen las medidas pertinentes, acorde con la obligatoriedad de la ley para todas las organizaciones.
ALEIDA MARTÍNEZ PALACIO
REPRESENTANTE LEGAL
Sistema Integrado de Provisión de Flota SÍ2018 Suba S.A.S
* Esta es una copia del original firmado por el representante legal